Colegio Público de Corredores Inmobiliarios de San Juan

Siendo el máximo organismo de los profesionales inmobiliarios, los matriculados están en la obligación de prestar su más decidida colaboración a todas las actividades que patrocina esta institución.

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Son Colegiados todos los inscriptos en la matrícula a cargo del Colegio. La calidad de Colegiado se adquiere por el solo hecho de la matriculación, y cumplido el juramento ante la Comisión Directiva, cesando automáticamente por la cancelación de esa matrícula.

El ejercicio de la profesión de Corredor Inmobiliario en la Provincia de San Juan, requiere la previa inscripción en el Colegio Público de Corredores Inmobiliarios creado por Ley N° 8.217 - DIGESTO PROVINCIAL 1108-A, único órgano en la provincia de San Juan que podrá otorgar la respectiva matrícula habilitante, a partir de lo cual, se adquiere la calidad de Matriculado o Colegiado. La falta de este requisito será considerado ejercicio ilegal de la profesión.



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